Convocadas las ayudas económicas individuales para las familias gallegas del exterior en situación de vulnerabilidad, que este año se incrementan en un 30%

El plazo de solicitud de las ayudas estará abierto hasta el 2 de mayo
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Santiago de Compostela, 31 de marzo de 2023.

El Diario Oficial de Galicia publica hoy la nueva línea de ayudas de la Secretaría Xeral da Emigración para las familias gallegas del exterior en situación de vulnerabilidad, que este año se incrementa alrededor de un 30%, con un presupuesto de 3,55M€.

Tal y como destacó el secretario xeral da Emigración, Antonio Rodríguez Miranda, el objetivo de estas ayudas es paliar las necesidades básicas de subsistencia y atención sociosanitaria de millares de familias gallegas del exterior que se encuentran en una situación económica precaria.  

La convocatoria de este programa de la Secretaría Xeral da Emigración se realiza en régimen de concurrencia no competitiva y está dirigida a las y los emigrantes de origen gallego, y a determinadas y determinados familiares residentes en el extranjero, que acrediten encontrarse en situación de alta precariedad económica.

Se trata de una ayuda de pago único a la que el departamento que dirige Antonio Rodríguez Miranda destina cada año una parte importante de su presupuesto.         

El grado de dependencia, la gravedad de las enfermedades y sus tratamientos, los ingresos económicos, y la edad de la persona solicitante, así como las cargas familiares, son los criterios básicos de valoración. Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las personas que demuestren carecer de rentas, ingresos o patrimonio suficientes para la subsistencia, y que cumplan los requisitos de necesidad estipulados en cada tipo de ayuda.

La convocatoria abarca cinco tipos de ayuda. Las primeras, por situación de precariedad en su unidad familiar; las segundas, por situación de enfermedad grave o dependencia de la persona solicitante u otra persona de la unidad familiar; las terceras, para personas entre 18 y 65 años que se encuentren incapacitadas para cualquier actividad laboral por invalidez o enfermedad permanente; las cuartas, para mayores de 65 años que padezcan una enfermedad crónica y carezcan de cobertura médica suficiente para su tratamiento; y las quintas, para mujeres mayores de edad o menores emancipadas que acrediten sufrir violencia de género.  

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