Ayudas económicas individuales a gallegos y gallegas residentes en el exterior. Ejercicio 2012.

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Información del Programa y Formularios de Solicitud de las Ayudas económicas individuales de carácter social dirigidas a emigrantes gallegos residentes en el extranjero que posean la nacionalidad española y a determinados familiares, que se encuentren en situación de precariedad económica. Estas ayudas están destinadas a cubrir las necesidades básicas de subsistencia y atención socio-sanitaria. s económicas individuais de carácter social dirixidas a emigrantes galegos residentes no estranxeiro que posúan a nacionalidade española e a determinados familiares, que se atopen en situación de necesidade económica. Estas axudas están destinadas a cubrir as necesidades básicas de subsistencia e atención socio-sanitaria.
Orden de la convocatoria: 
Resolución del 30 de diciembre de 2011, de la Secretaría Xeral da Emigración, por la que se establece y se regula el programa de ayudas económicas individuales a gallegos residentes en el exterior para el ejercicio de 2012. (D.O.G. lunes, 16 de enero de 2012)
Entidad convocante: 
Secretaría Xeral da Emigración da Xunta de Galicia
Fecha de publicación: 
16.01.2012
Estado: 
Procedimiento Cerrado

Destinatarios/as:

  1. Los emigrantes gallegos y sus hijos, mayores de 18 años, que posean la condición de gallego de acuerdo con lo que se establece en el artículo 3º.2 del Estatuto de autonomía de Galicia. La forma de acreditar dicha condición de gallego se señala en el artículo 14º de estas bases.
  2. Los nietos de emigrantes gallegos, mayores de 18 años, que posean la condición de gallegos de acuerdo con lo que se establece en el artículo 3º.2 del Estatuto de autonomía de Galicia y acrediten un año de residencia continuada en Galicia.
  3. En el caso de fallecimiento de las personas indicadas en los puntos 1 y 2, podrán ser beneficiarios por una única vez de las ayudas por situación de dependencia o enfermedad grave, su cónyuge viudo, los hijos, la pareja de hecho o relación análoga, siempre y cuando no transcurrieran más de quince meses desde el fallecimiento y no fuesen beneficiarios el año anterior.

Supuestos de necesidad:

  • Situación de dependencia o enfermedad grave del solicitante.
  • Situación de dependencia o enfermedad muy grave, en el seno de la unidad familiar.
  • Invalidez o enfermedad permanente del solicitante.
  • Cobertura de medicamentos y tratamientos de enfermedades crónicas o graves, cuando tengan un coste elevado.
  • Ayudas para las mujeres que sufran violencia de género.
  • Situación de desempleo en la unidad económica familiar.
  • Situación de precariedad en la unidad familiar.

Lugar de presentación das solicitudes:

  • En Argentina: Delegación de la Xunta de Galicia en Bos Aires.
  • En Uruguay: Delegación de la Xunta de Galicia en Montevideo.
  • En Brasil:

-Peña Gallega de la Casa de España de Río de Janeiro.
-Real Sociedad Española de Beneficencia de Salvador-Bahía.
-Sociedad Hispano Brasileña de Socorros Mutuos e Instrucción en Sao Paulo.
-Sociedad de Socorros Mutuos e Beneficente Rosalía de Castro en Santos.

  • En Cuba: Federación de Sociedades Gallegas en La Habana
  • En Venezuela: Hermandad Gallega de Venezuela en Caracas.
  • O en la Secretaría Xeral da Emigración (Basquiños, 2 - 15704 Santiago de Compostela) o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38º.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Contacto e información:
Secretaría Xeral da Emigración
Servizo de Acción Social
Teléfonos: 981 545877 - 981 545880
Fax: 981 957055
Correo electrónico: accion.social.emigracion@xunta.es

Documentación adjunta:

Finalización del plazo de presentación de solicitudes: 
01.03.2012

Argentina

20,00 h

Cuba

18,00 h

España

24,00 h

Uruguay

21,00 h